¿Qué es el Marxismo?

11038887_10206188639328575_8111577741425011391_o.jpg

Por José Daniel Rodríguez

Realizar en este espacio un análisis completo sobre la acumulación originaria del capital, el origen de la familia, la propiedad privada y el Estado, o sobre las leyes de la dialéctica que usan Marx y Engels como fundamentos de lo que llamaron pomposamente “materialismo histórico” es prácticamente imposible ya que requiere una enciclopedia para desbaratar con la gran cantidad de evidencia existente cada uno de estos argumentos.

La filosofía marxista y sus postulados contradictorios, han sido objeto de múltiples interpretaciones, disfraces y matices; desde los progresistas, socialdemócratas, socialistas del Siglo XXI hasta los más beligerantes que aún se autodenominan comunistas. Solamente ha demostrado, eso sí, fracasos estrepitosos durante toda su existencia de casi 100 años. Partamos del hecho que quien se la inventó, Karl Marx, fue un vago mantenido que nunca trabajó en toda su vida sino que vivía a expensas de su familia, su mujer y su amigo Federico Engels, un magnate textil que le otorgó una pensión vitalicia que Marx se gastó en alcohol arrastrándose borracho de taberna en taberna.

¿Es el marxismo una teoría que busca la “redistribución equitativa de la riqueza, suprimir la propiedad privada para que pase a control estatal y que permite la extinción de las clases sociales”? Estoy seguro que no es así, esa “redistribución” no es igual para el dictador y sus amigos comparándolos con los habitantes del país bajo el yugo de un sistema marxista; la “propiedad privada” queda a discreción del gobierno que la reparte de acuerdo a pagos de favores; y las “clases sociales” se vuelven dos: gobernantes y población general/esclava, diferentes en derechos y obligaciones.

Tal vez con el siguiente ejemplo se comprende de mejor forma en qué consiste el Marxismo y por qué jamás puede ser “justo, igualitario y equitativo” como tanto pregonan “progres”, mamertos y socialconfusos.


“Una universitaria cursaba el último año de sus estudios. Como suele ser frecuente en el medio universitario, la chica pensaba que era de izquierda (Comunista) y, como tal, estaba a favor de la distribución de la riqueza. Tenía vergüenza de su padre, un empresario exitoso. Él era de derecha (Capitalista) y estaba en contra de los programas socialistas. La mayoría de sus profesores le habían asegurado que la de su papá era una filosofía equivocada.

Por lo anterior, un día ella decidió enfrentar a su padre. Le habló del materialismo histórico y la dialéctica de Marx tratando de hacerle ver cuán equivocado estaba al defender un sistema tan injusto.

En eso, como queriendo hablar de otra cosa, su padre le preguntó:

-¿Cómo van tus estudios?

-Van bien -respondió la hija, muy orgullosa y contenta-. Tengo promedio de 9, hasta ahora. Me cuesta bastante trabajo, prácticamente no salgo, no tengo novio y duermo cinco horas al día, pero, por eso ando bastante bien, y voy a graduarme en tiempo.

Entonces el padre le pregunta:
-Y a tu amiga Melisa, ¿Cómo le va?

La hija respondió muy segura:
-Bastante mal, Meli no se exime porque no alcanza el 6, apenas tiene 4 de promedio. Pero ella se va a bailar cada semana, pasea, fiesta que hay está presente, estudia lo mínimo, y falta bastante… no creo que se reciba este año.

El padre, mirándola a los ojos, le respondió:
-Entonces habla con tus profesores y pídeles que le transfieran 2.5 de los 9 tuyos a ella. Esta sería una buena y equitativa distribución de notas porque así las dos tendrían 6.5 y se graduarían juntas.

Indignada, ella le respondió:
-¡¿Estás borracho?! ¡Me rompo la madre para tener 9 de promedio! ¿Te parece justo que todo mi esfuerzo se lo pasen a una vaga, que no se esfuerza por estudiar? Aunque la persona con quien tengo que compartir mi sacrificio sea mi mejor amiga… ¡¡No pienso regalarle mi trabajo!!

Su padre la abrazó cariñosamente y le dijo:

-¡Bienvenida al capitalismo !”

El Capitalismo ha sido satanizado pero sin llegar a comprender realmente en qué se fundamenta. No significa explotación, ni mucho menos monopolios, tampoco privilegios, sino COOPERACIÓN VOLUNTARIA Y PACÍFICA, LIBRE MERCADO Y GOBIERNO MÍNIMO PERO ALTAMENTE ESPECIALIZADO Y EFICAZ PARA CUMPLIR ÚNICAMENTE CON FUNCIONES DE SEGURIDAD Y JUSTICIA. ASÍ SE GARANTIZA EL PLENO RESPETO A LOS DERECHOS INDIVIDUALES VIDA, LIBERTAD Y PROPIEDAD PRIVADA.

Cada quien es responsable de su esfuerzo, de la constancia, de los riesgos, y por supuesto de los resultados positivos o negativos de esas acciones.

La trampa de las reformas constitucionales

en-las-manos

Por José Daniel Rodríguez

Hace algunos meses inició un publicitado “diálogo nacional” que pretende reformar la Constitución Política de la República de Guatemala con enfoque en el sector Justicia. Esta iniciativa contempla consolidar un estado racista; que siga ajusticiando militares para pedir resarcimientos –pero también para proteger guerrilleros y garantizarles la impunidad que han tenido hasta ahora-; que además blinde alargando períodos a jueces y magistrados afines a las ONG´s que abusivamente se autonombran “sociedad civil”, sin tener absolutamente ninguna legitimidad ni representatividad. Esta es la cruda realidad que se esconde tras la iniciativa que presentó este colectivo de muy cuestionable reputación, pero que cuenta con el respaldo y la fuerza de presión de embajadas y organizaciones extranjeras, que ya han violado reiteradamente durante varios años la Convención de Viena con respecto a la no interferencia en asuntos internos y de institucionalidad del Estado anfitrión.

Ahora bien, es necesario aclarar algo: ¿Nuestra Constitución necesita reformas? Definitivamente sí, pero no para “legalizar” el racismo como establece la propuesta de la “sociedad civil” que divide a los guatemaltecos de acuerdo a su etnia, y que pretende aplicar una “justicia” distinta si se es mestizo o indígena. Este tema es abiertamente inconstitucional y muy peligroso porque sembraría las bases de una escalada de conflictividad mayor, incrementaría ese odio de clase y racial; por este motivo me enfocaré en el análisis exclusivamente jurídico de la iniciativa específica mencionada, ya que viola el artículo 4 constitucional que contiene el Principio de Igualdad fundamento de nuestro incipiente Estado de Derecho, el cual literalmente en la parte medular estipula:

“Artículo 4.- Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. (…)”

Además, esta aberración jurídica viola otros artículos constitucionales relacionados con la competencia de tribunales, prisión y especialmente otro principio que debemos defender, la Presunción de Inocencia, los cuales cito textualmente a continuación:

“Artículo 6.- Detención legal. Ninguna persona puede ser detenida o presa, sino por causa de delito o falta y en virtud de orden librada con apego a la ley por autoridad judicial competente. Se exceptúan los casos de flagrante delito o falta. Los detenidos deberán ser puestos a disposición de la autoridad judicial competente en un plazo que no exceda de seis horas, y no podrán quedar sujetos a ninguna otra autoridad (…)

Artículo 8.- Derechos del detenido. Todo detenido deberá ser informado inmediatamente de sus derechos en forma que le sean comprensibles, especialmente que puede proveerse de un defensor, el cual podrá estar presente en todas las diligencias policiales y judiciales. El detenido no podrá ser obligado a declarar sino ante autoridad judicial competente.

Artículo 9.- Interrogatorio a detenido o presos. Las autoridades judiciales son las únicas competentes para interrogar a los detenidos o presos. Esta diligencia deberá practicarse dentro de un plazo que no exceda de veinticuatro horas. El interrogatorio extrajudicial carece de valor probatorio.

Artículo 12.- Derecho de defensa. La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente y preestablecido. Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o secretos, ni por procedimientos que no estén preestablecidos legalmente.

Artículo 14.- Presunción de inocencia y publicidad del proceso. Toda persona es inocente, mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada. (…)”

Para finalizar y demostrar la doble moral de estos grupúsculos que se autodenominan “sociedad civil” y que lucran de los DDH, esta iniciativa de “justicia indígena”, también viola tratados internacionales que paradójicamente protegen los DDHH que tanto cacarean:

Guatemala se adhirió a la Convención de la ONU contra la Tortura, otros tratos y penas crueles, inhumanas o degradantes desde 1,990, y quedó esto plasmado en el decreto 40-2010.

¿Han visto ustedes la forma en que los indígenas “penalizan” a los que consideran que han delinquido? Basta un señalamiento para ser de una vez condenado y sentenciado (incluso a muerte rociándole gasolina y lanzándole un fósforo encendido). Si eso no es tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, entonces no se qué lo sea. Pero ahí está Alberto Brunori, de OACNUDH presionando para que se “legalice” esta justicia paralela que pisotea esos Derechos Humanos que dicen defender.

Mi postura es clara y luego de realizar este análisis constitucional, le pido amigo lector, si está de acuerdo, que se exprese en redes sociales utilizando el hashtag #ReformasConstitucionalesNO. Hagamos valer nuestros derechos y defendamos la Constitución de Guatemala.